Abogados para reclamación de cantidades Madrid


Puede poner su caso en manos de abogados para reclamación de cantidades en Madrid especializados, tanto si la reclamación es judicial y requiere un juicio ordinario como si es extrajudicial. En ambos casos será necesario que cuente con la ayuda de abogados especialistas en la reclamación de deudas.

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Reclamaciones de deudas en Madrid

Las reclamaciones de cantidad civil son acciones ante los tribunales con el objetivo de exigir el pago de una deuda. Esta deuda puede tener su origen en el incumplimiento de cualquier obligación de pago.

Las reclamaciones de impagos o deudas son acciones para cobrar una deuda o un crédito que se ha derivado de una relación comercial o contractual.

Para hacer una reclamación de cantidad por impago de facturas son necesarias deudas económicas vencidas en las que se pueda documentar la deuda reclamada y una relación comercial (factura, carta certificada, emails, contratos). La deuda reclamada debe ser vencida y exigible.


Servicios sobre reclamación de cantidad

Acciones extrajudiciales

Para llevar a cabo la reclamación de una deuda sin acudir a los juzgados en primera instancia, es necesario contar con la ayuda de un abogado especialista para reclamar extrajudicialmente.

En este caso, se trata de intentar cobrar la deuda por medio del envío de un requerimiento de pago por escrito y firmado por un abogado. En este documento escrito se informa al deudor del importe que debe y del plazo para hacerle frente.

Acciones judiciales

Para reclamar una deuda por vía judicial deberá contar con documentación sobre la existencia de la deuda (facturas, albaranes, pagarés devueltos…).

Antes de llevar a cabo cualquier acción debe saber que reclamar directamente puede ser un error. Muchas veces el deudor paga su deuda una vez recibido el requerimiento por burofax de parte de un abogado. Es por eso que es aconsejable agotar la vía extrajudicial antes de pasar a la judicial. Así evitará gastos innecesarios.

Proceso monitorio

El proceso monitorio es uno de los procedimientos judiciales más rápido y eficaz para cobrar deudas.

En este caso notificamos al moroso de la presentación de la demanda de reclamación por vía civil debido a una deuda. En ese momento, cuenta con un plazo de 20 días para realizar alguna acción. Si en este plazo no se ha pagado la deuda se procede al embargo de bienes o cantidades para el cobro.

Es importante destacar que cada caso es único y tiene sus particularidades. Por lo que necesita ser evaluado de manera individual para determinar si es posible hacer una reclamación y cuál sería la compensación adecuada.

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